RUFINO ROMERO

Huelga del 11 de noviembre: cuánto te descuentan en la nómina y qué pasa con tu cotización

Huelga del 11 de noviembre: cuánto te descuentan en la nómina y qué pasa con tu cotización

CCOO y UGT han convocado una huelga general de 24 horas el miércoles 11 de noviembre de 2026 (UGT y CCOO). Esta guía no valora la convocatoria. Explica solo qué ocurre en tu nómina y en tu cotización si decides secundarla, con los textos legales y dos ejemplos con números.

Qué te descuentan en la nómina

Durante la huelga el contrato queda suspendido y el trabajador no tiene derecho al salario de ese tiempo (artículo 6.2 del Real Decreto-ley 17/1977). La suspensión por ejercer el derecho de huelga figura también en el artículo 45.1.l del Estatuto de los Trabajadores.

En la práctica, CCOO y UGT explican que el descuento incluye el salario del día, la parte proporcional de las pagas extra y la parte proporcional del descanso semanal. No hay una fórmula única en la ley, así que el importe exacto depende de cómo calcule tu empresa el salario diario y de los complementos que tengas.

Lo habitual es que el descuento aparezca en la nómina de noviembre. Si tu empresa cierra la nómina antes del día 11, puede aplicarse en la de diciembre.

¿Tienes que avisar a tu empresa?

No. La ley regula el preaviso de quien convoca: la comunicación de la huelga se hace por escrito, a la empresa y a la autoridad laboral, con al menos cinco días naturales de antelación (artículo 3.3 del Real Decreto-ley 17/1977).

El texto no impone al trabajador la obligación de avisar de que la secunda, y CCOO y UGT señalan en sus guías que no hace falta comunicarlo.

Tampoco pueden sancionarte por ejercer el derecho: la huelga no extingue la relación de trabajo ni da lugar a sanción, salvo que durante ella cometas una falta laboral (artículo 6.1 del mismo Real Decreto-ley).

Dos ejemplos: 18.000 € y 30.000 € brutos al año

Calculamos el descuento de un día completo de huelga para un contrato indefinido, sin hijos, con el sueldo repartido en 14 pagas. Son cifras orientativas: tu nómina real puede variar.

Descuento orientativo de un día de huelga según el sueldo bruto anual en 14 pagas
Sueldo bruto anual (14 pagas)Salario del díaParte de pagas extraDescuento brutoMenos neto en la nómina (aprox.)
18.000 €42,27 €7,05 €49,32 €43,61 €
30.000 €70,45 €11,74 €82,19 €63,35 €

Con 18.000 € brutos, un día de huelga son unos 49 € brutos y, tras restar la Seguridad Social y la retención de IRPF que dejas de soportar por ese importe, la nómina baja unos 44 €. Con 30.000 €, el descuento bruto es de unos 82 € y la bajada neta, de unos 63 €.

Si quieres ver el neto completo de tu sueldo, usa la calculadora de sueldo neto y, para entender cómo se pasa de bruto a neto, lee sueldo bruto y neto: cuál es la diferencia. El efecto de las pagas extra está explicado en cuánto te queda de la paga extra de diciembre.

Cómo lo hemos calculado

  • Salario diario: sueldo bruto anual entre 365 días. Así queda incluido el descanso semanal y la parte proporcional de las pagas extra.
  • Reparto en la tabla: 12/14 del sueldo corresponden al salario ordinario y 2/14 a las dos pagas extra, divididos entre 365.
  • Menos neto: el descuento bruto menos un 6,5 % de Seguridad Social del trabajador (Orden PJC/297/2026) y menos el tipo de retención de IRPF que da la calculadora de sueldo neto: 5,07 % con 18.000 € y 16,42 % con 30.000 €.
  • Tu convenio o tu empresa pueden usar otro divisor, como 30 días al mes o las horas anuales de trabajo. Con 30 días el resultado cambia en pocos euros; con horas efectivas puede ser algo mayor.

Son estimaciones con supuestos sencillos, no el importe que aparecerá en tu nómina.

Qué pasa con tu cotización a la Seguridad Social

Durante la huelga el trabajador permanece en situación de alta especial en la Seguridad Social y se suspende la obligación de cotizar, tanto para la empresa como para el trabajador (artículo 6.3 del Real Decreto-ley 17/1977; artículos 144.5 y 166.7 de la Ley General de la Seguridad Social). Es decir, ese día no se ingresa cuota por ti.

La misma norma señala que durante la huelga no hay derecho a la prestación por desempleo ni a la prestación económica por incapacidad temporal (artículo 6.3 del Real Decreto-ley 17/1977 y artículo 173.3 de la Ley General de la Seguridad Social). Tu contrato sigue vigente y tu antigüedad no se interrumpe, según indica CCOO.

Casos frecuentes

  • Si teletrabajas, hacer huelga significa no conectarte ni usar aplicaciones de la empresa ese día. CCOO indica que se descuenta la jornada completa.
  • Si trabajas a tiempo parcial o con jornada reducida, el descuento se calcula sobre las horas que te tocaba trabajar ese día.
  • Si el 11 de noviembre ya no te tocaba trabajar (día libre o vacaciones), no hay descuento. Las vacaciones anuales no se ven afectadas por secundar la huelga, según CCOO.
  • Si tu empresa fija servicios mínimos y estás designado, trabajas ese día y cobras con normalidad. Los servicios mínimos solo existen en actividades esenciales y no implican que toda la plantilla tenga que trabajar.

Para cualquier duda sobre tu caso, consulta tu convenio colectivo o a la representación sindical de tu empresa.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto me descuentan por hacer huelga el 11 de noviembre?

El salario de ese día, con la parte proporcional de pagas extra y del descanso semanal. Con 18.000 € brutos al año en 14 pagas son unos 49 € brutos (unos 44 € menos en neto) y con 30.000 €, unos 82 € (unos 63 € netos). Se basa en el artículo 6.2 del Real Decreto-ley 17/1977.

¿Tengo que avisar a mi empresa de que voy a hacer huelga?

No. El preaviso lo hace quien convoca, con cinco días naturales de antelación (artículo 3.3 del Real Decreto-ley 17/1977), y la ley no obliga al trabajador a comunicar que la secunda. CCOO y UGT lo recuerdan en sus guías.

¿Me pueden sancionar o despedir por secundar la huelga?

No por ejercer el derecho. Según el artículo 6.1 del Real Decreto-ley 17/1977, la huelga no extingue la relación de trabajo ni puede dar lugar a sanción, salvo que durante ella el trabajador cometa una falta laboral.

¿Cotizo a la Seguridad Social el día de huelga?

No. Estás en alta especial y se suspende la obligación de cotizar, tanto la de la empresa como la tuya (artículo 6.3 del Real Decreto-ley 17/1977 y artículo 144.5 de la Ley General de la Seguridad Social). Durante la huelga tampoco hay derecho a desempleo ni a prestación por incapacidad temporal.

¿Qué pasa si teletrabajo el 11 de noviembre?

Puedes hacer huelga igualmente, pero sin conectarte ni usar aplicaciones de la empresa ese día. Según CCOO, el descuento es el de la jornada completa.

¿Me descuentan algo si ese día libro o trabajo menos horas?

Si el 11 de noviembre es tu día libre o estás de vacaciones, no hay descuento. Si tienes jornada reducida o a tiempo parcial, solo se descuentan las horas que te tocaba trabajar ese día, según CCOO.

Fuentes

Contenido informativo y educativo. No constituye asesoramiento laboral, fiscal ni financiero personalizado. Los textos legales son del BOE; los importes de los ejemplos son estimaciones con supuestos sencillos y no el descuento exacto de tu nómina.