El IRPF se calcula por año natural. Lo que hagas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre es lo único que cuenta para tu declaración de ese ejercicio.
Después de esa fecha, la puerta se cierra. Ya no puedes aportar a tu plan de pensiones "con efecto retroactivo", ni deshacer una venta para compensar una pérdida.
Y sin embargo, la mayoría solo piensa en su fiscalidad entre abril y junio, cuando ya es tarde para casi todo.
Aquí van las acciones concretas que sí puedes tomar ahora, con cifras oficiales, para pagar menos en la próxima Renta.
Aportar al plan de pensiones: la duda que más se dispara cada diciembre
No es casualidad que los bancos empiecen a llamar en noviembre. Aportar al plan de pensiones es, con diferencia, la acción fiscal de fin de año que más gente busca: el efecto es inmediato y fácil de entender.
Puedes aportar hasta 1.500 € anuales a tu plan individual y reducir tu base imponible en esa misma cantidad.
Si tu cónyuge no trabaja o gana menos de 8.000 € al año, puedes aportar hasta 1.000 € más a su plan, con el mismo beneficio.
El ahorro exacto depende de tu tipo marginal, que varía según tus ingresos y tu comunidad autónoma. A mayor tramo, mayor ahorro por cada euro aportado.
Pero ojo: ese dinero queda bloqueado hasta la jubilación (salvo excepciones como paro de larga duración o más de 10 años de antigüedad). No es solo una cuestión fiscal: es de liquidez.
Lo explico con más detalle en plan de pensiones: lo que casi nadie te explica antes de contratar uno.
Donar a una ONG: la deducción que casi nadie aprovecha del todo
Es de las deducciones con mejor "retorno" fiscal, y de las menos conocidas en su detalle.
Los donativos a entidades acogidas a la Ley 49/2002 (la inmensa mayoría de ONG y fundaciones) siguen esta escala:
| Tramo | Deducción |
|---|---|
| Primeros 250 € | 80 % |
| Resto del importe | 40 % |
| Si donas a la misma entidad 3+ años seguidos (igual o más importe) | 45 % sobre el exceso de 250 € |
Esta deducción se resta directamente de tu cuota (lo que le debes a Hacienda), no de tu base imponible. Por eso 200 € de deducción son 200 € menos a pagar, sin depender de tu tipo marginal.
El límite general es el 10 % de tu base liquidable: para donativos habituales no suele ser una restricción real.
De un vistazo: cuánto ahorra cada acción
Con los dos ejemplos anteriores, así queda el ahorro fiscal de cada uno por separado, y combinados:
Ejemplo con tipo marginal del 30 %. No incluye el efecto de compensar pérdidas, que depende de cada cartera.
Vender con pérdidas para compensar ganancias antes de que acabe el año
¿Has vendido acciones o fondos con ganancia este año? Si tienes otro activo en cartera que está en pérdidas y ya no crees en él, esto te interesa.
Venderlo antes del 31 de diciembre puede reducir lo que tributas por esa ganancia. Es una de las estrategias más usadas por quien invierte, y una de las menos aprovechadas, solo por desconocer el plazo.
Si tus pérdidas superan a tus ganancias, el remanente se puede compensar con hasta el 25 % de tus rendimientos del capital mobiliario (dividendos, intereses) de ese mismo año.
¿Y si aún queda pérdida sin usar? No se pierde: se arrastra hasta 4 años.
Eso sí: Hacienda no permite recomprar el mismo valor (o uno "sustancialmente igual") en los 2 meses siguientes a la venta. Es la llamada norma antiaplicación.
Si eres autónomo: revisa gastos e ingresos antes de cerrar el ejercicio
Haz una estimación realista de tu resultado ahora, en noviembre o diciembre, no en enero, cuando ya no hay margen.
Con esa estimación puedes decidir si te interesa adelantar un gasto que tenías pensado para el año que viene (equipo, un servicio, material), o si te compensa más retrasar una factura a enero.
Ninguna opción es automáticamente mejor: depende de en qué tramo vas a estar este año frente al que viene.
Otras casillas que merece la pena repasar antes de que acabe el año
- Vivienda habitual comprada antes de 2013: si sigues teniendo derecho a la deducción por adquisición (régimen transitorio), confirma que este año has hecho el pago o la amortización que te permite aplicarla.
- Aportaciones a patrimonio protegido de personas con discapacidad: tienen una deducción específica, independiente de la de los planes de pensiones.
- Alquiler de tu vivienda habitual: algunas comunidades autónomas mantienen deducciones propias para inquilinos que cumplan ciertos requisitos de edad o ingresos. Revisa la normativa de la tuya, porque varía mucho de una región a otra.
Si estás valorando aportar a un plan de pensiones, antes de hacerlo lee lo que casi nadie explica sobre los planes de pensiones.
Si trabajas por cuenta propia, además de la Renta hay otra fecha que conviene tener presente: cuándo conviene tocar la base de cotización de autónomo y en qué plazos se puede hacer.
Preguntas frecuentes sobre planificación fiscal de fin de año
¿Hasta qué día puedo aportar a mi plan de pensiones para que cuente este año?
Hasta el 31 de diciembre, aunque en la práctica conviene no dejarlo para el último día por si tu entidad tarda en procesar la operación. Lo seguro es hacerlo con unos días de margen.
¿Puedo deducir donativos hechos en efectivo?
Sí, pero necesitas el certificado de donación que emite la entidad receptora, con tu NIF, el importe y la fecha. Sin ese certificado, Hacienda puede no reconocer la deducción aunque el donativo sea real.
¿Qué pasa si mis pérdidas patrimoniales son mayores que mis ganancias?
El exceso se puede compensar con hasta el 25 % de tus rendimientos del capital mobiliario del mismo año, y lo que quede sin compensar se arrastra durante los 4 ejercicios siguientes: no se pierde, solo se retrasa.
¿Compensa más aportar al plan de pensiones o amortizar la hipoteca?
Son decisiones distintas que no compiten directamente: el plan de pensiones tiene beneficio fiscal inmediato pero bloquea el dinero hasta la jubilación, mientras que amortizar reduce intereses futuros y libera capacidad de ahorro mensual. Si tienes hipoteca variable, conviene revisar primero si compensa amortizar con el comparador de amortizar hipoteca o invertir.
¿Necesito un asesor para hacer todo esto?
Para las acciones más habituales (plan de pensiones, donativos, compensar pérdidas simples) no es imprescindible, pero si tu situación incluye varias fuentes de renta, inversiones complejas o eres autónomo con dudas sobre el cierre del ejercicio, una gestoría o asesoría fiscal puede evitarte errores que salen caros.
Puntos clave
- El IRPF se calcula por año natural: lo que no hagas antes del 31 de diciembre no cuenta para la próxima declaración.
- Aportar 1.500 € a tu plan de pensiones (o 1.000 € más al de tu cónyuge si aplica) reduce tu base imponible en esa cantidad.
- Donar 250 € a una ONG te ahorra 200 € directos en la cuota (80 % de deducción en el primer tramo).
- Vender activos en pérdidas antes de fin de año puede compensar ganancias ya materializadas, con un margen adicional del 25 % sobre rendimientos del capital mobiliario y arrastre de hasta 4 años.
- Si eres autónomo, estimar tu resultado ahora te permite decidir con criterio si adelantar gastos o retrasar ingresos.
¿Quieres tener tus números claros antes de decidir?
La plantilla Centro financiero personal te ayuda a ver de un vistazo tu ahorro, tus gastos y el margen real que tienes antes de aportar o donar.
Este artículo tiene un propósito exclusivamente educativo y divulgativo. No constituye asesoramiento fiscal ni una recomendación personalizada. Los límites, porcentajes y requisitos citados corresponden a la normativa vigente en 2026 y pueden variar según tu comunidad autónoma o cambiar con el tiempo; confirma siempre tu caso concreto con la Agencia Tributaria o un profesional antes de tomar decisiones.